Artículo 363 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La declinatoria deberá promoverse durante la instrucción, y el tribunal que conozca del asunto podrá seguir actuando válidamente mientras no se resuelve la competencia, hasta la formulación de conclusiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.