Artículo 360 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 360.- La resolución que declare procedente la libertad por desvanecimiento de datos que sirvieron para acreditar el cuerpo del delito o la presunta responsabilidad del procesado, será apelable en efecto devolutivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.