Artículo 119 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Procedencia de la libertad administrativa). Durante las diligencias de preparación del ejercicio de la acción penal, el Ministerio Público está obligado a conceder al indiciado la libertad administrativa inmediatamente que éste la solicite, si el delito que se le imputa no es de los considerados como graves por la ley y siempre y cuando se garantice el monto estimado de la reparación del daño y de las sanciones pecuniarias que en su caso puedan imponerse al inculpado. (REFORMA: 16/12/93 No. 51)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.