Código de Proc. Penales estatal

Artículo 157 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

(Procedencia y oportunidad).- Será materia de la inspección todo aquello que pueda ser directamente apreciado por la autoridad que conozca del asunto. La inspección deber ser practicada invariablemente, bajo pena de nulidad, con la asistencia del Ministerio Público o del Juzgador, según se trate de las diligencias de preparación del ejercicio de la acción penal o del procedimiento ante el Órgano Jurisdiccional. hará su desahogo se fijará día, hora y lugar, y se citará oportunamente, así como lo solicita quien la hubiere formulado o alguna de las partes. Si el Ministerio Público o el Juzgador, en su caso lo consideran necesario, se harán acompañar de testigos y asistir de peritos que dictaminarán según la especialidad de sus conocimientos.

Cuando, por la complejidad de la inspección, haya necesidad de preparar el desahogo de ésta, el Ministerio Público o el Juzgador, en su caso, podrán ordenar a alguno de sus auxiliares que realice los trámites conducentes a preparar la materia de la diligencia, conforme a las normas aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 157 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 157 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro?

(Procedencia y oportunidad).- Será materia de la inspección todo aquello que pueda ser directamente apreciado por la autoridad que conozca del asunto. La inspección deber ser practicada invariablemente, bajo pena de…

¿Está vigente el artículo 157?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.