Código de Proc. Penales estatal

Artículo 212 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

(Documentos públicos procedentes del extranjero).- Para que se reputen auténticos los documentos públicos procedentes del extranjero, deberán reunir los requisitos que establece el Código Federal de procedimientos Penales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 212 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro?

(Documentos públicos procedentes del extranjero).- Para que se reputen auténticos los documentos públicos procedentes del extranjero, deberán reunir los requisitos que establece el Código Federal de procedimientos…

¿Está vigente el artículo 212?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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