Artículo 251 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Situación del imputable en las diligencias de preparación del ejercicio de la acción penal).- Cuando en las diligencias practicadas en la preparación del ejercicio de la acción penal aparezca que hay motivo fundado para presumir que el indicado es inimputable, y éste se encuentra legalmente a disposición del Ministerio Público, se ordenará su internación inmediata en un establecimiento público adecuado para su atención, en la cual, de ser procedente el ejercicio de la acción penal, se pondrá a disposición de la autoridad judicial.
En caso contrario, de no existir elementos para ejercitar la acción penal en su contra, se determinará su libertad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.