Artículo 302 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(*Oportunidad del sobreseimiento).- El auto de sobreseimiento se dictará tan pronto como se pruebe la causa que lo origine. (*ADICIÓN: 19/12/96 No. 52)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.