Artículo 334 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Oportunidad y precedencia).- El reconocimiento de la inocencia de un sentenciado, es admisible en todo tiempo, en los casos señalados en el Código Penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.