Artículo 46 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Plazo para dar cuenta con las promociones).- Los secretarios deberán dar cuenta, dentro del plazo de veinticuatro horas, con las promociones que se hicieren.
Para el efecto, se hará constar en los expedientes el día y hora en que presenten las promociones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.