Artículo 96 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
( Alteración del orden por el imputado) Si el imputado altera el orden en una audiencia, se le apercibirá de que si insiste en su actitud se tendrá por renunciado a su derecho de esta presente; si no obstante esto, continua, se le mandará retirar del local y proseguirá la diligencia con su defensor.
Todo esto, sin perjuicio de aplicarle la corrección disciplinaria que el Tribunal estime pertinente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.