Artículo 483 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La autoridad judicial, en la ejecución de las penas y medidas de seguridad, tendrá las atribuciones que señala la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
(REFORMADO, P.O. 18 DE JUNIO DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.