Artículo 518 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Concedida la libertad preparatoria, deberá enviarse copia de la resolución a la Dirección General, para que disponga la vigilancia de la conducta del sentenciado en forma discreta, y pueda informar así al juez de ejecución de su resultado.
(ADICIONADO, P.O. 18 DE JUNIO DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.