Código Penal estatal

Artículo 526 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)

Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 526. En caso de revocación de alguno de los beneficios contemplados en el presente Título, el juez de ejecución librará la orden de reaprehensión y una vez que el sentenciado sea puesto a su disposición, continuará compurgando la pena impuesta.

(ADICIONADO, P.O. 18 DE JUNIO DE 2011)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 526 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)?

En caso de revocación de alguno de los beneficios contemplados en el presente Título, el juez de ejecución librará la orden de reaprehensión y una vez que el sentenciado sea puesto a su disposición, continuará…

¿Está vigente el artículo 526?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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