Código de Proc. Penales estatal

Artículo 105 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los documentos podrán ser presentados en todo momento hasta la fecha de la audiencia. Esta se diferirá por una sola vez, cuando resulte necesario, para establecer la autenticidad del documento, con audiencia de las partes.

CAPÍTULO IX PRESUNCIONES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 105 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco?

Los documentos podrán ser presentados en todo momento hasta la fecha de la audiencia. Esta se diferirá por una sola vez, cuando resulte necesario, para establecer la autenticidad del documento, con audiencia de las…

¿Está vigente el artículo 105?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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