Artículo 191 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el inculpado y su defensor o el ofendido y su asesor legal discrepan con respecto a la pertinencia de apelar, o bien, acerca del desistimiento del recurso, prevalecerán la decisión del inculpado y del ofendido, en su caso, a no ser que exista mandamiento legal expreso en otro sentido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.