Código de Proc. Penales estatal

Artículo 231 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Procede la libertad bajo protesta, sin los requisitos que señala el artículo anterior, cuando el inculpado cumpla la sanción fijada en sentencia condenatoria de primera instancia, y esté pendiente el recurso de apelación. En este caso, el tribunal acordará de oficio la libertad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 231 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco?

Procede la libertad bajo protesta, sin los requisitos que señala el artículo anterior, cuando el inculpado cumpla la sanción fijada en sentencia condenatoria de primera instancia, y esté pendiente el recurso de…

¿Está vigente el artículo 231?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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