Artículo 232 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La libertad bajo protesta se revocará por las mismas causas que implican la revocación de la libertad caucional, en lo procedente, o porque el tribunal cuente con elementos que le permitan suponer, fundadamente, que el inculpado dejará de cumplir las obligaciones que trae consigo la libertad bajo protesta. En este caso, el inculpado podrá solicitar la libertad bajo caución.
CAPÍTULO IV LIBERTAD POR DESACREDITACIÓN DE PRUEBAS (REFORMADO, P.O. 9 DE NOVIEMBRE DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.