Artículo 1 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1. Este Código se aplicará en el Estado de Tabasco para la substanciación del procedimiento penal.
Por medio del procedimiento penal se actualiza la función punitiva del Estado y se asegura el acceso de los particulares a la justicia.
El procedimiento atiende al objetivo de conocer los delitos cometidos y la responsabilidad de sus autores, como condiciones para determinar las consecuencias legales correspondientes a través de una sentencia, con sujeción a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la particular del Estado de Tabasco y a la legislación aplicable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.