Artículo 269 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tabasco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 269. La revocación de la sustitución se tramitará como incidente diverso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.