Código de Proc. Penales estatal

Artículo 126 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los funcionarios del Ministerio Público y de la Policía Ministerial, asentarán en el acta que levanten todas las observaciones acerca de las circunstancias de tiempo, lugar y modo de la comisión del delito.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 126 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Los funcionarios del Ministerio Público y de la Policía Ministerial, asentarán en el acta que levanten todas las observaciones acerca de las circunstancias de tiempo, lugar y modo de la comisión del delito.

¿Está vigente el artículo 126?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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