Artículo 126 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los funcionarios del Ministerio Público y de la Policía Ministerial, asentarán en el acta que levanten todas las observaciones acerca de las circunstancias de tiempo, lugar y modo de la comisión del delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.