Código de Proc. Penales estatal

Artículo 172 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La orden de aprehensión que el Juez dicte se entregará al Ministerio Público para su debido cumplimiento. Igualmente se procederá cuando el Juez autorice medios de apremio para ejecutar una orden de comparecencia en los términos del artículo 183 de este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 172 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

La orden de aprehensión que el Juez dicte se entregará al Ministerio Público para su debido cumplimiento. Igualmente se procederá cuando el Juez autorice medios de apremio para ejecutar una orden de comparecencia en los…

¿Está vigente el artículo 172?

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