Artículo 218 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La autopsia de los cadáveres de personas que hayan fallecido a consecuencia de delito en un hospital público, la practicarán los médicos de éste, salvo la facultad del juez o del Ministerio Público, en su caso, para encomendarla a otros.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.