Artículo 226 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los peritos dictaminarán con relación a los puntos propuestos por las partes y aprobados por el juez, sin perjuicio de que éste les haga las preguntas adicionales que estime pertinentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.