Código de Proc. Penales estatal

Artículo 250 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No puede oponerse tacha a los testigos, pero de oficio o a petición de parte el Juez hará constar en el proceso todas las circunstancias que influyan en el valor probatorio de los testimonios.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 250 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

No puede oponerse tacha a los testigos, pero de oficio o a petición de parte el Juez hará constar en el proceso todas las circunstancias que influyan en el valor probatorio de los testimonios.

¿Está vigente el artículo 250?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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