Código de Proc. Penales estatal

Artículo 290 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

No podrá condenarse a un acusado sino cuando se pruebe que cometió el delito que se le imputa, considerándose insuficiente la prueba cuando del conjunto de los datos que obran en la causa, no se llega a la certeza de las imputaciones hechas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 290 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

No podrá condenarse a un acusado sino cuando se pruebe que cometió el delito que se le imputa, considerándose insuficiente la prueba cuando del conjunto de los datos que obran en la causa, no se llega a la certeza de…

¿Está vigente el artículo 290?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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