Artículo 289 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La valuación de las pruebas contradictorias se hará poniendo unas frente a otras, a efecto de que, por el enlace anterior de las rendidas y las presunciones, forme una convicción, que deberá ser cuidadosamente fundada en la sentencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.