Artículo 316 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si fueren varios los inculpados y la pena a imponerse a cualquiera de ellos excediera del término de dos años, la competencia corresponderá al Juez de Primera Instancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.