Artículo 332 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si la defensa no formula conclusiones en el plazo señalado en el Artículo 321 de este Código, se tendrán por formuladas las de inculpabilidad.
CAPITULO II AUDIENCIA DE VISTA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.