Artículo 339 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La aclaración se pedirá ante el Tribunal que la haya dictado, dentro del plazo de tres días contados desde la notificación, expresando con precisión la contradicción, la oscuridad, la ambigüedad o deficiencia que, en concepto del promovente adolezca.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.