Código de Proc. Penales estatal

Artículo 339 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La aclaración se pedirá ante el Tribunal que la haya dictado, dentro del plazo de tres días contados desde la notificación, expresando con precisión la contradicción, la oscuridad, la ambigüedad o deficiencia que, en concepto del promovente adolezca.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 339 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

La aclaración se pedirá ante el Tribunal que la haya dictado, dentro del plazo de tres días contados desde la notificación, expresando con precisión la contradicción, la oscuridad, la ambigüedad o deficiencia que, en…

¿Está vigente el artículo 339?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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