Artículo 373 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando alguna de las partes quisiere proponer pruebas, lo hará al ser citado para la vista o dentro de tres días, expresando el objeto y naturaleza de las mismas.
La Sala, al día siguiente de hecha la promoción, decidirá sin trámite alguno si es de admitirse o no; en el primer caso las desahogará dentro de cinco días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.