Artículo 425 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La inhibitoria se intentará ante el Tribunal a quien se crea competente para que se avoque al conocimiento del asunto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.