Código de Proc. Penales estatal

Artículo 43 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son correcciones disciplinarias:

I.- El apercibimiento;

II.- Multa hasta de treinta días salario, III.- La suspensión hasta por un mes; y IV.- Arresto hasta de 36 horas.

La suspensión sólo se podrá aplicar a los funcionarios o empleados judiciales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 43 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Son correcciones disciplinarias: I.- El apercibimiento; II.- Multa hasta de treinta días salario, III.- La suspensión hasta por un mes; y IV.- Arresto hasta de 36 horas. La suspensión sólo se podrá aplicar a los…

¿Está vigente el artículo 43?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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