Artículo 480 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Serán aplicables las disposiciones de este Capítulo a las averiguaciones que se practiquen por los tribunales, aun cuando no exista auto de formal prisión o de sujeción a proceso.
CAPITULO VII SEPARACION DE PROCESOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.