Código de Proc. Penales estatal

Artículo 529 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si el reo hubiere extinguido ya la sanción privativa de libertad, o si ésta no le hubiere sido impuesta, pasado el término que señala el artículo siguiente, podrá ocurrir al Juez de Ejecución de Sanciones, solicitando se le rehabilite en los derechos de que se le privó, o en cuyo ejercicio estuviese suspenso, para lo cual acompañará a su escrito relativo, los documentos siguientes:

(Última reforma POE No. 64 del 31-May-2011)

Periódico Oficial del Estado Página 77 de 86 Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas Decreto LII-463 Fecha de expedición 26 de diciembre de 1986 Fecha de promulgación 29 de diciembre de 1986 Fecha de publicación Periódico Oficial Anexo al número 5 de fecha 17 de enero de 1987.

I.- Un certificado expedido por la autoridad que corresponda que acredite haber extinguido la pena privativa de libertad que se le hubiere impuesto, o que si lo concedió la conmutación, el reconocimiento de Inocencia o indulto, en su caso; y, II.- Un certificado de la Autoridad Municipal del lugar donde hubiere residido desde que comenzó a sufrir la inhabilitación o la suspensión, y una información recibida por la misma autoridad, con audiencia del Ministerio Público, que demuestre que el promovente ha observado buena conducta desde que comenzó a sufrir su sanción, y que ha dado pruebas de haber contraído hábitos de orden, trabajo y moralidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 529 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Si el reo hubiere extinguido ya la sanción privativa de libertad, o si ésta no le hubiere sido impuesta, pasado el término que señala el artículo siguiente, podrá ocurrir al Juez de Ejecución de Sanciones, solicitando…

¿Está vigente el artículo 529?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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