Código de Proc. Penales estatal

Artículo 67 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Sin perjuicio de lo señalado en el segundo párrafo del artículo anterior, los términos se contarán por días hábiles que se entenderán de las cero a las veinticuatro horas.

CAPITULO VII CATEOS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 67 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Sin perjuicio de lo señalado en el segundo párrafo del artículo anterior, los términos se contarán por días hábiles que se entenderán de las cero a las veinticuatro horas. CAPITULO VII CATEOS

¿Está vigente el artículo 67?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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