Artículo 332 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Notificado el fallo a las partes se remitirá desde luego la ejecutoria al respectivo Juzgado de Primera Instancia y se le devolverá el expediente, en su caso.
(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2003)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.