Artículo 260 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 260. Indicio es el hecho o dato cierto relacionado con los elementos constitutivos del delito, con sus circunstancias de ejecución o con la conducta del inculpado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.