Artículo 272 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando la solicitud de libertad cacional (sic) se formule ante las autoridades que procedieron a la detención del inculpado, dichas autoridades harán constar la petición en el acta de la policía ministerial, a fin de que, tan luego como el Ministerio Público o el Tribunal reciban la consignación respectiva acuerden lo procedente a dicha solicitud.
(ADICIONADO, P.O. 26 DE MAYO DE 2000)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.