Artículo 39 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los casos de aborto o de infanticidio, además de las diligencias mencionadas en los artículos 31 y 33, así como de cualesquiera otras que resulten pertinentes, en el primero también reconocerá los peritos a la madre, describiendo las lesiones que presente y dictaminará sobre la causa del aborto. En uno y otro caso expresarán la edad de la víctima y todo aquello que pueda servir para fijar la naturaleza del delito.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.