Código de Proc. Penales estatal

Artículo 415 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su nombre, apellido, edad, lugar de nacimiento, habitación, estado civil, profesión u ocupación, si se halla obligado con el inculpado o el ofendido por vínculos de parentesco, amistad, o cualquiera otros y si tiene algún motivo de odio o rencor contra alguno de ellos, las respuestas del testigo sobre estas circunstancias se harán constar en el acta.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 415 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su nombre, apellido, edad, lugar de nacimiento, habitación, estado civil, profesión u ocupación, si se halla obligado con el inculpado o el…

¿Está vigente el artículo 415?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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