Artículo 415 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Después de tomarle la protesta de decir verdad, se preguntará al testigo su nombre, apellido, edad, lugar de nacimiento, habitación, estado civil, profesión u ocupación, si se halla obligado con el inculpado o el ofendido por vínculos de parentesco, amistad, o cualquiera otros y si tiene algún motivo de odio o rencor contra alguno de ellos, las respuestas del testigo sobre estas circunstancias se harán constar en el acta.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.