Artículo 448 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el primer caso de la parte final del artículo anterior, deberá fijar en proposiciones concretas, los hechos sancionables correspondientes incluyendo la de la reparación del daño causado cuando ésta proceda, y citará las leyes aplicables al caso. Estas proposiciones deberán contener los elementos constitutivos del delito para el que acusa, y las circunstancias que deban tomarse en cuenta por el Tribunal para hacer la determinación de las penas respectivas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.