Código de Proc. Penales estatal

Artículo 554 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La ejecución de las sentencias irrevocables en materia penal, corresponde a la autoridad judicial, quien dictará todas las medidas necesarias encaminadas a la ejecución, modificación y duración de aquellas. El órgano del Poder Ejecutivo del Estado que designe la ley reglamentaria respectiva, determinará en su caso, el lugar en que deba compurgar el sentenciado la pena de prisión impuesta.

Es obligación del Ministerio Público practicar todas las gestiones conducentes al estricto cumplimiento de las sentencias a que se refiere este artículo, incluso exigiendo ante los tribunales la represión de todos los abusos que las autoridades penitenciarias o sus subalternos cometan cuando se aparten de lo prevenido en la sentencia, en pro o en contra de los Individuos objeto de ellas. La representación social procederá conforme a esta disposición, ya sea por queja del interesado o cuando por cualquier otro medio tenga conocimiento que la autoridad encargada de la ejecución material de la sentencia se aparta de lo ordenado en ella o en la ley.

La labor del defensor culminará con la sentencia firme, sin perjuicio de que continúe en el ejercicio de la defensa técnica durante la ejecución de la pena. Asimismo, el condenado podrá nombrar un nuevo defensor, o en su defecto se le nombrará uno de oficio. El ejercicio de la defensa durante la ejecución penal consistirá en el asesoramiento al condenado, cuando se requiere para la interposición de las gestiones necesarias en resguardo de sus derechos.

No será deber de la defensa vigilar el cumplimiento de la pena.

(ADICIONADO, P.O. 16 DE JUNIO DE 2011)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 554 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

La ejecución de las sentencias irrevocables en materia penal, corresponde a la autoridad judicial, quien dictará todas las medidas necesarias encaminadas a la ejecución, modificación y duración de aquellas. El órgano…

¿Está vigente el artículo 554?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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