Código Penal estatal

Artículo 32 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 32.- Si el cadáver estuviere sepultado, y su autopsia se hace necesaria, se ordenará la exhumación siempre que, a pesar del tiempo transcurrido o de cualquier otra causa, a juicio de los Peritos Médicos Oficiales o en su defecto de un facultativo cuya opinión sea ratificada por aquéllos, la autopsia pueda conducir a la averiguación del feminicidio u homicidio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 32 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

Art. 32.- Si el cadáver estuviere sepultado, y su autopsia se hace necesaria, se ordenará la exhumación siempre que, a pesar del tiempo transcurrido o de cualquier otra causa, a juicio de los Peritos Médicos Oficiales o…

¿Está vigente el artículo 32?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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