Código Penal estatal

Artículo 343 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 343.- La acción para exigir la reparación del daño a personas distintas del inculpado, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Penal, debe ejercitarse por quien tenga derecho a ello ante el Tribunal que conozca de lo penal; pero deberá intentarse y seguirse ante los Tribunales Civiles, en el juicio que corresponda, cuando haya recaído sentencia irrevocable en el proceso sin haberse intentado dicha acción, siempre que el que la intente fuere un particular. Esto último se observará también cuando, concluída la instrucción, no hubiere lugar a juicio penal por falta de acusación del Ministerio Público, si se promueve posteriormente la acción civil.

Cuando promovidas las dos acciones hubiere concluído el proceso sin que el incidente de reparación del daño esté en estado de sentencia, continuará conociendo de él el Tribunal ante quien se hayan iniciado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 343 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 343 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

Art. 343.- La acción para exigir la reparación del daño a personas distintas del inculpado, de acuerdo a lo dispuesto por el Código Penal, debe ejercitarse por quien tenga derecho a ello ante el Tribunal que conozca de…

¿Está vigente el artículo 343?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.