Artículo 366 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 366.- Son documentos privados los que otorgan los particulares sin intervención de Notario Público ni de la autoridad legalmente autorizada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.