Artículo 510 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 510.- Cuando el acusado manifieste su inconformidad al notificársele una resolución, deberá entenderse que interpone en contra de éste el recurso que proceda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.