Código Penal estatal

Artículo 561 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 561.- Cuando los Tribunales decreten el decomiso de instrumento u objeto de un delito, lo remitirán con los testimonios de la sentencia al Tesorero General del Estado, para los efectos de los Artículos 37 y 38 del Código Penal.

(REFORMADO, P.O. 16 DE JUNIO DE 2011)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 561 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca?

Art. 561.- Cuando los Tribunales decreten el decomiso de instrumento u objeto de un delito, lo remitirán con los testimonios de la sentencia al Tesorero General del Estado, para los efectos de los Artículos 37 y 38 del…

¿Está vigente el artículo 561?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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