Artículo 92 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 92.- Cuando la competencia se resuelva en favor del fuero que haya conocido del asunto, el Tribunal de competencia se dedicará a devolver las actuaciones al Tribunal que las haya remitido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.