Artículo 91 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 91.- Lo actuado por un Tribunal incompetente, es válido, aún cuando se trata de Tribunal de distinto fuero. En éste último caso, en el primer auto que se dicte se declarará que quede abierta la instrucción para que las partes promuevan las diligencias de prueba que estimen convenientes, procediéndose enseguida conforme a las demás disposiciones de éste Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.