Artículo 329 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando se trate de hacer efectiva la garantía a cargo de empresas afianzadoras legalmente constituidas y autorizadas, los jueces cuidarán la observancia de las prescripciones de las leyes locales y federales aplicables. Para el efecto, declarada la pérdida de la caución, los jueces enviarán copia certificada de las constancias conducentes, a la Tesorería General para que esta dependencia haga las gestiones que con arreglo a la ley correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.